Avanzan las reformas a la Ley de Amnistía

  • Abril 18, 2024
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La Cámara de Senadores aprobó el dictamen para que el titular del Ejecutivo Federal pueda otorgar el beneficio de la amnistía de manera directa, sin sujetarse al procedimiento establecido, a personas procesadas, sentenciadas o en las que se haya ejercido acción penal y que aporten elementos comprobables que resulten útiles para conocer la verdad de los hechos en casos que sean relevantes para el Estado mexicano.

 El proyecto que adiciona un artículo 9 a la Ley de Amnistía fue aprobado por la Asamblea con 67 votos a favor y 32 en contra, por lo que fue remitido a la Cámara de Diputados.

 Precisa que la amnistía concedida bajo esta modalidad extinguiría las acciones penales y las sanciones impuestas. Y que en los casos a que se refiere esta disposición no será aplicable lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley.

 De esta manera, se destaca en el dictamen, podrán agilizarse los procedimientos y el otorgamiento del beneficio a quien se encuentre interesado, siempre que cumpla con los requisitos y aporte información de alto valor que se requiere en las investigaciones.

 Por lo cual, la propuesta se circunscribe en el orden de progresividad de derechos para las víctimas y sus familiares, a efecto de que se conozca la verdad sobre las violaciones de los derechos humanos y se logre una reparación integral y efectiva del daño.



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