
Tu inteligencia será cual la hagan tus ideas habituales, pues el alma queda imbuida de sus ideas. Marco Aurelio. (Emperador Romano, apodado el Sabio)
Por MONTSERRAT VARGAS
Hablar de obligaciones fiscales, puede ser un dolor de cabeza para muchos.
Al menos con mis alumnos de la asignatura derecho fiscal trato de ser más comprensiva; -pues entre los rumores de multas excesivas y embargos inminentes- el hablar del SAT sobrelleva a un miedo con tan solo pronunciar sus siglas.
El tan conocido Registro Federal de Contribuyentes (RFC), es la clave única alfanumérica de registro ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Sirve para identificar a toda persona física o moral en México, y con ello, llevar a cabo un control de las actividades económicas que realizan, y así poder estimar su contribución al gasto público.
El padrón del RFC -para el 2020- estuvo compuesta por más 79 millones, entre personas físicas y morales.
Sin embargo, es necesario aclarar que por cada persona, existe un único registro. Lo que cambia es la actividad económica que cada uno realice, de tal sentido que, de existir dos registros de una misma persona física o moral, estaríamos ante un delito fiscal.
Hasta la emisión de este artículo, el SAT, cuenta con la reglamentación que a solicitud expresa de cualquier joven a partir de los 16 años, puede inscribirse y así obtener su Registro Federal de Contribuyentes, principalmente porque si su deseo es generar ingresos de manera licita será un requisito que se le solicite en cualquier fuente laboral.
En el tema de las personas físicas se deja a potestad del posible contribuyente la realización de la inscripción. Empero, tratándose de personas morales, este registro es obligatorio desde el momento de su constitución.
En un derecho que evoluciona de manera constante, y a fin de contribuir a reforzar una cultura tributaria en nuestro país, la presentación de la Miscelánea Fiscal 2022 propone que, para el próximo año, a todo ciudadano que cumpla 18 años tendrá la obligación de inscribirse al RFC, y con ello, obtener su clave alfanumérica.
Esta obligación deberá realizarse de manera pronta, puesto que no existirá justificante para su incumplimiento, como la de no percibir ingresos o no realizar ninguna actividad económica, pues ya que en esta propuesta el legislador prevé que con el simple hecho de adquirir la ciudadanía será acreedor de esta obligación.
Al momento de crear esta obligación, rige un principio coercitivo para sancionar su incumplimiento, mismo que se encuentra en el Código Fiscal de la Federación, en donde se estipula la multa de 3 mil 870 pesos a 11 mil 600 pesos al sujeto que, estando obligado a su inscripción al RFC, no la realice.
Llegando el 2022, se impone una nueva obligación a los ciudadanos que nacidos en el 2004, cumplan los 18 años, por lo que deberán registrase en el RFC, especificando en su proceso de registro si realiza una actividad económica o no.
Esta acción aparentemente brindará elementos de facilidad, puesto que, a la par que obtienen su credencial de elector, deberán realizar su proceso de registro ante el SAT y obtener su RFC.
Así que para el momento futuro que comiencen a laborar, ya no contarán con dicha clave y únicamente se sustituirá su actividad económica, por lo que con estas acciones el gobierno espera que no exista impunidad, y se pueda tener un mayor control de los contribuyentes.
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