Avanzan las reformas a la Ley de Amnistía

La Cámara de Senadores aprobó el dictamen para que el titular del Ejecutivo Federal pueda otorgar el beneficio de la amnistía de manera directa, sin sujetarse al procedimiento establecido, a personas procesadas, sentenciadas o en las que se haya ejercido acción penal y que aporten elementos comprobables que resulten útiles para conocer la verdad de los hechos en casos que sean relevantes para el Estado mexicano.

 El proyecto que adiciona un artículo 9 a la Ley de Amnistía fue aprobado por la Asamblea con 67 votos a favor y 32 en contra, por lo que fue remitido a la Cámara de Diputados.

 Precisa que la amnistía concedida bajo esta modalidad extinguiría las acciones penales y las sanciones impuestas. Y que en los casos a que se refiere esta disposición no será aplicable lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley.

 De esta manera, se destaca en el dictamen, podrán agilizarse los procedimientos y el otorgamiento del beneficio a quien se encuentre interesado, siempre que cumpla con los requisitos y aporte información de alto valor que se requiere en las investigaciones.

 Por lo cual, la propuesta se circunscribe en el orden de progresividad de derechos para las víctimas y sus familiares, a efecto de que se conozca la verdad sobre las violaciones de los derechos humanos y se logre una reparación integral y efectiva del daño.

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