
Por unanimidad, el Pleno del Senado de la República aprobó en lo general y en lo particular, reformas a diversos ordenamientos legales con el objetivo de garantizar la igualdad salarial entre hombres y mujeres.
La propuesta, que se remitió a la Cámara de Diputados, establece que la violencia económica es aquella que provoca o perpetúa la brecha de género, o la percepción de un salario menor por trabajo igual o de igual valor inobservando el principio de proporcionalidad, dentro de un mismo centro laboral.
Establece que será objetivo de la Política Nacional el diseño, implementación, ejecución y evaluación de medidas para fortalecer el acceso de las mujeres al empleo y la aplicación efectiva del principio de igualdad de trato y no discriminación en las condiciones de trabajo entre mujeres y hombres.
Para eliminar la brecha de género, las instituciones públicas, privadas y sociales deberán tramitar un Certificado de Igualdad Laboral de Género y No Discriminación para acreditar que cuentan con prácticas de igualdad de género y no discriminación que favorezcan el desarrollo integral de sus personas trabajadoras.
Asimismo, los salarios se fijarán con base en criterios objetivos, en términos de lo establecido en la Constitución y los tratados o convenios internacionales en la materia, considerando los conocimientos profesionales, la destreza y las aptitudes para las relaciones interpersonales.
Así como los esfuerzos mental y físico, las responsabilidades del puesto, con independencia del número de personas a cargo, y las condiciones en que se realiza el trabajo, esto es, el entorno físico y el ambiente psicológico en que se realiza el trabajo.
El dictamen señala como violencia laboral “preguntar el historial salarial en el proceso de contratación o de la relación laboral”, así como las acciones u omisiones que directa o indirectamente perpetuán la brecha salarial de género.
Con la reforma, los patrones estarán obligados identificar y hacer del conocimiento de las autoridades e instancias correspondientes posibles acciones u omisiones que afecten el principio de igualdad salarial.
Además, prohíbe toda compensación o práctica que incida en las percepciones económicas de la persona trabajadora, originada por razones de género, étnica, de edad, cultural o cualquier motivo discriminatorio.
La iniciativa con proyecto de decreto modifica las leyes generales de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; de Transparencia y Acceso a la Información Pública; para la Igualdad entre Mujeres y Hombres; la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, la Ley del Seguro Social, y la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
Así como las leyes federales de los Trabajadores al Servicio del Estado; de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; de Remuneraciones de los Servidores Públicos; del Trabajo; para Prevenir y Eliminar la Discriminación; la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
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